Por el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para 1963. (Ministerio de Agricultura), por $ 156.940.00

Rango Decreto
Publicación 1963-11-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las extraordinarias que le confiere la Ley 21 de 1963, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 8° del artículo 1° de la Ley 21 de 1963, facultó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto Nacional, con los requisitos de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República, y el concepto previo y favorable del Consejo de Ministros y del Consejo de Estado;

Que para los fines de una adecuada estabilidad fiscal, se requiere hacer un contracrédito y abrir un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Agricultura), por $ 156.940.00;

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto legislativo número 0164 de 1950, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 47 de 1963, por $ 156.940.00;

Que el Consejo de Ministros y el Consejo de Estado han impartido su aprobación a la operación presupuestal de que se trata, y

Que se han llenado todas las formalidades legales requeridas para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácese el siguiente contracrédito en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963:

Presupuesto de Inversión

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Contracrédito

CAPITULO 2604

División de Recursos Naturales

Programa I

Conservación y Manejo de Suelos

Gastos generales

(Recursos del Crédito A. I. D)

410, 216. Artículo 26056-A. Compra de equipo 156.940.00
Suma el contracrédito 156.940.00
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1963:

Presupuesto de Inversión

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Crédito

CAPITULO 2605

División de Investigaciones

Agropecuarias

Programa I

Investigación y Experimentación Regional

Gastos generales

(Recurso del crédito A. I. D.)

406, 213. Artículo 26070-A. Financiación del convenio suscrito
entre el Ministerio y la Oficina sanitaria Panamericana
para llevar a cabo el programa de aplicación controlada
de vacuna contra la fiebre aftosa 156.940.00
Suma el crédito 156.940.00
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 28 de octubre de 1963

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, CarlosSanz de Santamaría.

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