Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos para la vigencia fisal de 1973 (ministerio de educaci?n nacional) por $ 2.171.774.00

Rango Decreto
Publicación 1974-02-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio del artículo 48 de la Ley 9ª de 1972, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Educación Nacional, por medio de la Resolución número 12318 de 1973, declaró sobrante la cantidad de $ 2.171.774.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 88 de 1973, por $ 2.171.774.00 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973.

AQUÍ PDF DIARIO 34019 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 5 Y 6.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de diciembre de 1973.

misael pastrana borrero

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.

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