Por el cual se hacen una traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Publicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-08-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 3 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 112.

Del artículo 1639. Para continuar la construcción de la carretera Hato-Sumapaz $ 30.000.00
Suman los contracréditos $ 30.000.00
Capítulo 114. Al artículo 1666. Para terminar el puente del Guamal $ 30.000.00
Suman los créditos $ 30.000.00
Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de agosto de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, HernánJARAMILLO OCAMPO -El Ministro de Obras Públicas,Víctor ARCHILA BRICEÑO.

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