Por el cual se varía la capital de una Provincia
El Presidente de la República de Colombia,
Visto el artículo 15 de la Ley 17 de 1905,
decreta:
Artículo único. La capital de la Provincia de Neira, Departamento de Boyacá, será la ciudad de Miraflores.
Parágrafo. El Gobernador de dicho Departamento dispondrá lo conveniente para llevar a efecto el cumplimiento del presente Decreto, el cual principiará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Girardot, á 6 de Enero de 1907.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- d. Euclides DE ANGULO
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