Por el cual se aprueba un acuerdo del comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1988-01-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto legislativo 2078 de 1940,

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Apruébase el Acuerdo número 23 de 1987 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 23 DE 1987

(diciembre 17)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo 1°Fíjase en la suma de trescientos cuarenta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis millones seiscientos mil pesos ($345.846.600.000.00) moneda corriente, la actualización del presupuesto de ingresos y egresos del Fondo Nacional del Café para la vigencia de mil novecientos ochenta y siete, discriminada así:

INGRESOS INGRESOS
Ingresos por ventas de café $ 224.714.800.000
Ingresos por impuestos y contribuciones 12.740.900.000
Ingresos financieros 23.148.900.000
Venta insumos provisión agrícola 14.058.600.000
Reembolso de fletes en el exterior 649.000.000
Ingresos varios 401.800.000
Emisión Títulos de Ahorro Cafetero, TAC 31.246.000.000
Otros recursos 2.990.700.000
Variación del activo corriente 35.895.900.000
Total ingresos $345.846.600.000
EGRESOS EGRESOS
--- ---
Compras de café $160.213.000.000
Gastos operación café en el interior y en el exterior 75.203.800.000
Impuestos ad - valorem a pagar 10.164.900.000
Gastos financieros 11.381.000.000
Servicios prestados Federacafé 17.163.839.000
Gastos Campaña Roya 8.933.000.000
Gastos Generales 2.742.661.000
Costos insumos provisión agrícola 15.260.900.000
Gastos manejo insumos provisión agrícola 3.240.000.000
Préstamos concedidos 3.534.800.000
Capitalización fondos rotatorios sector cafetero 12.460.600.000
Inversiones en proyecto mercadeo, agroindustria y diversificación cafetera 466.000.000
Bonos, título, inversiones y reinversiones de dividendos en entidades filiales y otras sociedades 20.045.500.000
Construcción y adecuación edificios, bodegas y silos 1.385.000.000
Adquisición terrenos 102.700.000
Maquinaria y equipo 451.200.000
Disminución pasivos corrientes 1.550.000.000
Servicio de la deuda 1.547.700.000
Total egresos 345.846.600.000

Artículo 2°Sométase el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D.E., a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y siete (1987).

El Presidente,

(Fdo.) LUIS IGNACIO MUNERA CAMBAS.

El Secretario,

(Fdo.) LUIS CARLOS VILLEGAS ECHEVERRI».

ARTICULO 2° Este Decreto rige desde la fecha de publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E. a 12 de enero de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcon Mantilla.

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