Por el cual se señalan las asignaciones del personal de oficiales del curso de Estado Mayor de la Escuela Superior de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1911-03-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 59 de 1910,

decreta:

Artículo 1.° Con la partida total de $ 13,800 votada por el Presupuesto de gastos y por el Decreto número 177 de 23 de Febrero próximo pasado, para el personal de oficiales del curso

de Estado Mayor, se atenderá al pago del personal citado, conforme á las asignaciones siguientes, así:

Ochos Mayores, á $ 90 mensuales cada uno $ 8.640
Cinco Capitanes, á $ 70 mensuales cada uno 4.200
Un Teniente, á $ 56 mensuales 672
Artículo 2.° El sueldo de los dos Inspectores Ayudantes de la Escuela Superior de Guerra será el de $ 90 en el caso de que sean Mayores, y el de $ 70 cuando tengan el grado de capitán.
Artículo 3.° Queda, en los términos del artículo anterior, aclarado y reformado el Decreto número 1199 de 31 de Diciembre último.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 11 de Marzo de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Guerra,

mariano OSPINA V.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.