Por el cual se prorrogan los efectos de otro decreto

Rango Decreto
Publicación 1928-02-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que subsisten aún los motivos que sirvieron de fundamento al Decreto número 48 de 13 de enero del presente año,

decreta:

Artículo único. Lo dispuesto en el citado Decreto número 48 del año en curso, se observará mientras no se lleve a cabo la reorganización del Ministerio.

Comuniquéis y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de febrero de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Industrias,

José Antonio MONTALVO.

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