Por el cual se prorrogan los efectos de otro decreto

Rango Decreto
Publicación 1928-02-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que subsisten aún los motivos que sirvieron de fundamento al Decreto número 48 de 13 de enero del presente año,

decreta:

Artículo único. Lo dispuesto en el citado Decreto número 48 del año en curso, se observará mientras no se lleve a cabo la reorganización del Ministerio.

Comuniquéis y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de febrero de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Industrias,

José Antonio MONTALVO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.