Por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1982-02-17
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 10
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio Ce las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,

DECRETA :

Artículo 1º . A partir del 1º de enero de 1982, establécense las siguientes escalas de remuneración, mensual para losdistintos niveles en que se clasifican los empleos de la Contraloría General de la República:

ESCALA DEL NIVEL DIRECTIVO

Grado Asignación básica
1 58.500
2 58.500
ESCALA DEL NIVEL ASESOR ESCALA DEL NIVEL ASESOR
1 54:000
2 53.500
ESCALA DEL NIVEL EJECUTIVO ESCALA DEL NIVEL EJECUTIVO
1 13.900
2 23.500
3 28.200
4 33.100l
5 34.200
6 38.800
7 42.400
8 45.200
9 54.100
10 53.500
ESCALA DEL NIVEL PROFESIONAL ESCALA DEL NIVEL PROFESIONAL
1 28.300
2 34.300
3 38.900
4 43.500
5 44.100
ESCALA DEL NIVEL TECNICO ESCALA DEL NIVEL TECNICO
1 13.000
2 14.300
3 15.500
4 17.100
5 18.900
6 26.200
7 22.600
8 24.200
9 25.900
10 28.300
ESCALA DEL NIVEL ADMINISTRATIVO ESCALA DEL NIVEL ADMINISTRATIVO
1 9.100
2 10.000
3 11.900
4 13.000
5 14.300
6 15.500
7 17.100
8 18.900
9 20.200
10 22.600
11 24.200
12 25.900
13 28.300
14 30.800
15 34.300
ESCALA DEL NIVEL OPERATIVO ESCALA DEL NIVEL OPERATIVO
1 7.410
2 9.500
3 9.100
4 10.000
5. 11.000
6 11.900
7 14.300
8 17.100
9 18.900

En todos los niveles, la primera columna fija los grados de remuneración que corresponden a las distintas denominaciones de empleos y la segunda. columna comprende las asignaciones básicas para cadagrado.

Artículo 2 º. El cincuenta por ciento (50%)de la asignación básica mensual que corresponde a cada uno de los empleos pertenecientes a los niveles directivo y asesor, tendrá el carácter de gastos de representación.

Parágrafo. Para todos los efectos, la prima técnica y los gastos de representación son compatibles.

Artículo 3 º. Los médicos, odontólogos y bacteriólogos que laboran por el sistema hora-mes" en el empleo de profesional universitario de la División de Bienestar Social, tendrán una asignación básica mensual de siete mil ciento ochenta y dos pesos ($ 7.182) hora-mes.
Artículo 4 º. Fíjase el valor de la hora-cátedra para las personas que cumplan funciones docentes en la Escuela de Capacitación de laContraloría General de la República,enseiscientos noventa pesos($690.00).

Parágrafo . Los empleados de la Contraloría General de la República, que además de sus funciones, ejerzan la docencia en la Escuela de Capacitación, solamente podrán ser remunerados por este concepto hasta por veinte (20) horas al mes.

Artículo 5º . Los empleados de la Contraloría General de la República que deban viajar dentro o fuera del país en comisión de servicio, tendrán derecho al reconocimiento y pago de viáticos, de acuerdo con las cuantías que se determinan a continuación.:
R/mensual Viáticos diarios en pesos para comisiones en el país Viáticos diarios en dólares estadounidenses para comisiones en el exterior
Hasta 10.000 hasta 1.000 hasta 75
De 10.001a 20.000 hasta 1.650 hasta 85
De 20.001,a 38.750 hasta 2.400 hasta, 140
De 38.751 a 57.500 hasta, 2.900 hasta 215
De 57.501 a" 75.000 hasta 3.400 hasta 230
De 75.001 a 100.000 hasta 3.900 hasta 250
De 100.001 en adelante hasta 4.500 hasta 260
Artículo 6 º. Los empleados que desempeñen los cargos de Jefe de Grupo, Nivel Ejecutivo, Grado 9 de la Oficina Jurídica y Jefe de Sección, Nivel Ejecutivo, Grado 9 de lasOficinas de Planeación y de Control Interno, podrán tener derecho a la asignación de prima técnica siempre y cuando los titulares de estos empleos satisfagan los requicitos y condiciones establecidos en el Decreto extraordinario 720 de 1978 para el otorgamiento de este beneficio.
Artículo 7 º. Los empleados de la Contraloría General de la República, tendrán derecho aun subsidio de transporte en la misma forma, términos y cuantía que el Gobierno Nacional determine para los particulares.
Artículo 8 º. El subsidio de alimentación para los empleados de la Contraloría General de la República que devenguen asignaciones básicas mensuales hasta de veintitrés mil seiscientos pesos, será de setecientos cincuenta pesos ($ 750.00) moneda corriente, mensuales, pagaderos por laentidad.
Artículo 9 º. No se tendrá derecho al subsidio de alimentación cuando el funcionario disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia o suspendido en el ejercicio del cargo. Tampoco se tendrá derecho al subsidio en elcaso de que la entidad suministre la alimentación al empleado.

En ningún caso los funcionarios de la Contraloría General de la República podrán recibir de parte de la entidad fiscalizada el pago de este subsidio en dinero, ni el suministro gratuito de la alimentación.

Artículo 10 . Este Decreto rige a partir de la fecha de salexpedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 25 de enero de 1982.

JULIOCESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.),

Javier Fernández Rivas

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Laura Ochoa de Ardilaq

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