Por el cual se honra la memoria de un gran benefactor y se concede un auxilio

Rango Decreto
Publicación 1953-10-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

considerando:

Que el día 8 de septiembre en curso se cumplió el primer centenario de la muerte de Federico Ozanam, insigne benefactor y fundador de la Sociedad de San Vivente de Paúl.

Que esta Sociedad fue establecida en Colombia en el año de 1857, gracias a la abnegación del R. P. Mario Valenzuela, S. J.

Que desde hace más de noventa años esta Sociedad ha continuado desarrollando en Colombia una admirable labor social de educación y de caridad, en beneficio de las clases más necesitadas,

decreta:

Artículo 1° El Gobierno de Colombia se asocia a la conmemoración del centenario de la muerte de Federico Ozanam, insigne benefactor de la humanidad.

Artículo 2° Concédese, por una vez, auxilio por valor de $ 20.000.00, a cada una de las siguientes entidades: Sociedad de San Vicente de Paúl de Bogotá; Sociedad de San Vicente de Paúl de Cali, y Sociedad de San Vicente de Paúl, de Medellín.

Artículo 3° Por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se harán los traslados presupuestales necesarios para la ejecución de lo ordenado en este Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de octubre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Antonio Escobar Camargo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gustavo Berrío Muñoz.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Brigadier General Arturo Chary.

El Ministro del Trabajo,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Alfredo Rivera Valderrama.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Nel Rueda Uribe.

El Ministro de Educación Nacional,

Manuel Mosquera Garcés.

El Ministro de Comunicaciones,

Coronel Manuel Agudelo.

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)