por el cual se adiciona el sistema salarial de evaluación por méritos para los Instructores del Servicio Nacional de Aprendizaje–Sena

Rango Decreto
Publicación 1998-12-28
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónase el artículo 30 del Decreto 1424 del 24 de julio de 1998 con el siguiente texto:

“La tabla de puntajes establecida en este artículo se aplicará a partir del 1° de enero del año 2000, es decir, para la determinación del nuevo grado de remuneración como resultado de la evaluación ordinaria anual del año 1999.

Parágrafo transitorio. Para la incorporación de los Instructores al sistema salarial previsto en el presente decreto, y su aplicación ordinaria anual de 1998, se deberá utilizar la siguiente tabla de puntajes al momento de determinar el grado de remuneración correspondiente a cada Instructor:

Grado de Remuneración Puntaje Mínimo Grado de Remuneración Puntaje Mínimo
01 58 11 178
02 70 12 190
03 82 13 202
04 94 14 214
05 106 15 226
06 118 16 238
07 130 17 250
08 142 18 262
09 154 19 274
10 166 20 286

Para efectos de la incorporación se tomará como fecha de corte el 31 de diciembre de 1997 y la evaluación ordinaria anual para 1998 se hará de acuerdo con el período establecido en el artículo 33 del presente decreto.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el Decreto 1424 de 1998.

Publíquese y cúmplase

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C. a 21 de diciembre de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Hernando Yepes Arcila.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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