por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 26 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1.° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO
CAPITULO 5°
| Del artículo 40. Para sueldos del personal de la Policía Nacional, en el año | $ | 820.000.00 |
|---|---|---|
| Suman los contracréditos | $ | 820.000.00 |
CAPITULO 3°
| Al artículo 27 bis. Para sueldos del Registrador Nacional del Estado Civil y de sus delegados en los Departamentos, Visitadores, Registradores Municipales, personal de la Oficina Nacional de Identificación y demás funcionarios del ramo electoral, inclusive la remuneración a que tengan derecho los miembros de la Corte Electoral; sobresueldo de los Foto identificadores, viáticos, pasajes, útiles y equipo de oficinas, material en general y demás gastos de la organización electoral | $ | 558.000.00 |
|---|---|---|
CAPITULO 5°
| Al artículo 45.Para el pago de arrendamiento de locales y terrenos, en el año | 110.000.00 | |
|---|---|---|
| Al artículo 48. Para los gastos que demande el sostenimiento de los vehículos al servicio de la institución, inclusive el seguro de los mismos, en el año | 40.000.00 | |
| Al artículo 59. Para los gastos que cause el servicio de radiocomunicaciones en el año | 12.000.00 | |
| Al artículo 69. Para pago de cuentas pendientes de toda clase correspondientes a vigencias anteriores | 100.000.00 | |
| Suman los créditos | $ | 820.000.00 |
Artículo 2.° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de agosto de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno, Coronel Régulo GAITAN-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.
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