Por el cual se confiere la Condecoración Servicios Distinguidos en Orden Público a un personal
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 26 del Decreto 1880 de 1988, y
CONSIDERANDO:
Que el personal del Ejército que a continuación se relaciona falleció en combate contra grupos subversivos en jurisdicción de la Segunda, Tercera, Séptima, Décima y Décima Segunda Brigadas;
Que el Subteniente Oswaldo Enrique Clavijo Barrera 8205097, fue ascendido al grado de Teniente según Decrete número 2244 de fecha 31 de octubre de 1988.
Que el Cabo Segundo José Pajoy Pardo 8442714, fue ascendió al grado de Cabo Primero según Resolución número 5824 de fecha 07 de septiembre de 1988.
Que el Soldado Javier Aldemar Cantillo Alvarez 8638719, fue ascendido al grado de Cabo Segundo según Resolución número 7313 de fecha 23 de noviembre de 1988.
Que el Soldado César Quintero Peinado 8733842, fue ascendido al grado de Cabo Segundo según Resolución número 5028 de fecha 02 de agosto de 1988.
Que los Soldados William Ancízar Barrero González 8628354 y José Libardo Santa Capera 8630989, fueron ascendidos al grado de Cabo Segundo según Resolución número 8200 de fecha 21 de diciembre de 1987.
Que de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 29 del artículo 26 del Decreto 1880 de 1988) la Condecoración Servicios Distinguidos en Orden Público, podrá concederse en forma póstuma a los miembros de las Fuerzas Militares que fallecieren como consecuencia del cumplimiento del deber en actos del servicio para mantener o restablecer el orden público; y
Que corresponde al Gobierno Nacional honrar la memoria de los servidores a la Patria que ofrendan su vida en arás de la paz y la tranquilidad ciudadana,
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérese la Condecoración Servicios Distinguidos en Orden Público por Primera vez al siguiente personal del Ejército, en forma póstuma, así:
| Teniente ART. | |
|---|---|
| Oswaldo Enrique Clavijo Barrera | 8205097 |
| Cabo Primero INF. | |
| José Pajoy Pardo | 8442714 |
| Cabo 6enfundo INF. | |
| Javier Aldemar Cantillo Alvarez | 6638719 |
| Cabo Segundo CAB. | |
| César Quintero Peinado | 8733842 |
| Cabo Segundo INF. | |
| William Ancízar Barrero González | 8626354 |
| Cabo Segundo INF. | |
| José Libaxdo Santa Capera | 8650785 |
Parágrafo. La Condecoración será entregada a los deudos del personal en acto especial de acuerdo con el Reglamento de Ceremonial Militar.
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de mi publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de diciembre de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Defensa Nacional,
General Manuel J. Guerrero Paz.
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