Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1949-09-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 26 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según .consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DEOBRAS PUBLICAS MINISTERIO DEOBRAS PUBLICAS MINISTERIO DEOBRAS PUBLICAS
CAPITULO 113 CAPITULO 113 CAPITULO 113
Del artículo 2272. Para pagar al Departamento de Boyacá las inversiones hechas en las carreteras Paipa-Pantano de Vargas; Cantino-Coper; Piedra Gorda-Briceño; Espino-Chiscas, y puente de Buenavista, según contratos publicados en el Diario Oficial números 25723 y 25742, de 20 de diciembre de 1944 y de 16 de enero de 1945 $ 111.478.80
CAPITULO 112 CAPITULO 112 CAPITULO 112
Al artículo 2182-D. Par a la carretera Soatá-Salina de Chita. Ley 67 de 1941, articulo 1° $ 111.478.80
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de agosto de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.

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