Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1979-11-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número del 8 del 27 de septiembre de 1979 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

"ACUERDO NUMERO 8 DE 1979

(septiembre 27)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

considerando:

acuerda:

Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que con recursos tomados del Fondo Nacional del Café y para este suscriba y pague acciones del Ingenio del Risaralda S. A. por valor de $ 150.000.000.00 moneda corriente.

Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Dado en Bogotá, D. E., a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y nueve (1979).

El Presidente,

Daniel González Plata.

El Secretario,

José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de octubre de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra

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