Por el cual se abren unos créditos adicionales - suplementales - al presupuesto de la vigencia del mismo año
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
DECRETA:
Artículo primero. Adiciones en los cómputos líquidos del presupuesto de rentas e ingresos del tesoro de la nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de cuatrocientos cincuenta y cinco mil quinientos cincuenta y cinco pesos con cincuenta y cinco centavos ($ 455.555.55) moneda corriente, así:
Recursos del Balance del Tesoro.
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