Por el cual se aprueba la modificación de los Estatutos del Instituto Colombiano de Cultura

Rango Decreto
Publicación 1976-01-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1° del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración' Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para, la vigencia fiscal de 1974 del Departamento Administrativo de Seguridad Nacional por $ 3 604.487.00-;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el. Contralor General .de la República expidió el Certificado de Disponibilidad correspondiente de 1974 del cual se utilizan $ '3.604.487.00 para financiar los créditos adicionales de que trata, este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de- Rentas e .Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de.1974, con la cantidad de tres millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos ochenta y siete pesos ($ 3.604.487) monada legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad correspondiente del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

Capítulo XIII

Recursos del Crédito

Numeral 124. Emisión pagarés semestrales de emergencia económica 3.604.487
Suma el recurso $ 3.604.487
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adiciónales, al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Capítulo 030

Departamento Administrativo de Seguridad Nacional

Programa 030

Dirección y Administración del Departamento

Pagarés semestrales de emergencia económica

Servicios Personales

102 111 117. Articulo 0354-A. Prima de Navidad 182.111

Transferencias

201 331 404. Artículo 0369-A. Fondo Nacional de Ahorro 1.873.365

Programa 031

Desarrollo Operativo

Pagarés semestrales de emergencia económica

Servicios Personales

102 133 117. Artículo 0373-A. Prima de Navidad 1.530.288

Programa 032

Servicios de Docencia y Capacitación

Pagarés semestrales de emergencia económica

Servicios Personales

102 133 117. Artículo 0383-A. Prima de Navidad 18.723
Suman los créditos adicionales $ 3.604.487
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de' diciembre de 1974.

ALFONSO L.OPEZ MICHELSEN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.