Por el cual se hace una nueva rebaja de los derechos de importación en la Aduana de Cúcuta
por el cual se hace una nueva rebaja de los derechos de importación en la Aduana de Cúcuta.
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que la movilización de mercaderías que se importan por los puertos del Atlántico con destino á la Provincia de Cúcuta, ocasiona gastos mayores que los que debieran causar al ser introducidas por los puertos de la frontera venezolana, y que es más conveniente que tales importaciones se hagan por los puertos del Atlántico que por los de la frontera dicha,
decreta :
Artículo único. Refórmase el Decreto número 1183 de 23 de Diciembre de 1903, en el sentido de elevar á cincuenta por ciento (50 por 100) la rebaja de los derechos de importación á que él se refiere.
Parágrafo. En consecuencia, las décimas partes de la rebaja á que da lugar el Decreto que se reformase computarán teniendo en cuenta el aumento de que trata el presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 23 de Marzo de 1904.
josé manuel MARROQUÍN
El Ministro de Hacienda,
pedro antonio MOLINA
Digramó: CC80.172.848
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