por el cual se modifica el Decreto 1599 de 2005 sobre el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano

Rango Decreto
Publicación 2006-08-03
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política y la Ley 87 de 1993,

DECRETA:

Artículo 1º. Las entidades obligadas a implementar el Sistema de Control Interno deberán adoptar el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, en un término no superior a veinte (20) meses contados a partir de la vigencia del presente decreto.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el artículo 4º del Decreto 1599 de 2005.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de agosto de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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