Por el cual se destina una partidas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1°. De los fondos apropiados en el artículo 1149, capítulo 72 del Presupuesto vigente, destínase la suma de quinientos pesos moneda corriente ($ 500 m/c.) para auxiliar el equipo, de atletismo de Cundinamarca que irá en el mes de diciembre del corriente año a competir con los atletas del Valle del Cauca en la ciudad de Cali, de acuerdo con la invitación oficial hecha por ese Departamento y con motivo de verificarse en la capital del Valle el torneo internacional de golf, en el cual participarán Venezuela, Panamá, Ecuador y Colombia.
Artículo 2°. La suma de que trata el presente Decreto se entregará al Tesorero de la Delegación que nombre la Liga de Atletismo de Cundinamarca, a la presentación de sus cuentas en forma legal y quien deberá cumplir con los requisitos que para tal efecto fija la Contraloría General de la República.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 23 de octubre de 1945.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Educación Nacional,
Germán ARCINIEGAS
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