Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente (Fuerzas de Policía)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:
FUERZAS DE POLICIA.
CAPITULO 53.
Personal.
| A2a. Del artículo 672. Para sueldos de profesores y alumnos, vacaciones y becas que demande el sostenimiento de la Escuela de Policía "General Santander", inclusive primas del profesorado, en los términos de la ley, en el año | $ | 250.000.00 |
|---|---|---|
| Suman el contracrédito | $ | 250.000.00 |
| CAPITULO 54. Material. C1e (a). Al artículo 704. Para reconstrucción y obras nuevas en la escuela de Policía "General Santander", en el año | $ | 250.000.00 |
| Suma el crédito | $ | 250.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de octubre de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Gabriel París.
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