por el cual modifica la planta de personal del Ministerio del Interior y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2014-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en la planta de personal del Ministerio del Interior establecida mediante Decreto número 2896 de 2011, se requiere suprimir un cargo de Secretario Ejecutivo, Código 4210, Grado 20 de la planta global y crear un cargo de Técnico Administrativo, Código 3124, Grado 11 en la planta global, con el fin de garantizar los derechos de Carrera Administrativa que ostenta un funcionario de carrera administrativa.

Que el Ministerio del Interior presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto–ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto número 1227 de 2005, para efectos de modificar la planta de empleos, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP).

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable, para efectos de modificar la planta de personal del Ministerio del Interior.

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímese de la planta de personal del Ministerio del Interior, el siguiente cargo:
N° CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO
Planta Global Planta Global Planta Global Planta Global
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 20
Artículo 2°. Créase en la planta de personal del Ministerio del Interior, el siguiente cargo:
N° CARGOS DENOMINACIÓN CÓDIGO GRADO
Planta Global Planta Global Planta Global Planta Global
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 11
Artículo 3°. El Ministro del Interior, mediante resolución, ubicará el empleo teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del Ministerio.
Artículo 4°. El Ministro del Interior, mediante resolución, incorporará en la planta de personal al empleado público que ostenta los derechos de carrera, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 2896 de 2011 y demás normas que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro del Interior,

Juan Fernando Cristo Bustos.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Liliana Caballero Durán.

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