Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil), por $ 1.254.027.77

Rango Decreto
Publicación 1975-01-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, por medio de la Resolución número 2136 de 1974, declaró sobrante la cantidad de $ 1.254.027.77 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otra apropiación del mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de. 1973, él Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 82 de 1974 por $ 1.254.027.77 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974.

Presupuesto de Funcionamiento.

Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.

Contracréditos:

CAPITULO 035

Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.

Programa 035.

Dirección y Administración del Departamento.

Servicios personales.

101 111 103. Artículo 0401. Sueldos del personal de nómina 900.000 900.000
102 111 117. Artículo 0404. Prima de Navidad 50.000
102 111 120. Artículo 0405. Prima Técnica 22.425

Gastos generales.

105 111 203. Artículo 0409. Compra de equipo 31.250
106 111 205. Artículo 0410. Viáticos y gastos de viaje 174.185

Programa 036.

Servicio de Aeronavegación.

Servicios personales.

102 261 120. Artículo 0423. Prima Técnica 31.637.50

Gastos generales.

106 261 211. Artículo 0427. Materiales y suministros 44.530.27
Suman los contracréditos $ 1.254.027.77

Crédito:

CAPITULO 035.

Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil

Programa 035.

Dirección y Administración del Departamento.

Transferencias.

201 331 404. Artículo 0417. Fondo Nacional de Ahorro 1.254.027.77
Suma el crédito $ 1.254.027.77
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 ele diciembre de 1974.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya.

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