Por el cual se reorganiza el personal del Ministerio de Agricultura y Comercio y se hacen unos nombramientos
El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
- 1° Que por la Ley 6ª del corriente año se redujo el personal del Ministerio de Agricultura y Comercio y se dio una nueva organización a sus diversas Secciones, y
- 2° Que deben proveerse los cargos de acuerdo con la nueva nomenclatura que se les ha dado por dicha Ley y de conformidad con las necesidades actuales del servicio,
decreta:
Artículo 1° El personal subalterno del Ministerio de Agricultura y Comercio será, el indicado en la Ley 6° del año en curso y las Secciones de que se compone serán las expresadas en ella.
Artículo 2° Nómbrase Oficiales Mayores de la Sección primera, dependientes de la Secretaria, a los señores Rafael Campó A. y Francisco de Angulo B.; Escribientes, a los señores Luis Felipe Peñarredonda, Tomás Carrasquilla H. y Luis Gamboa; Portero Escribiente, al señor Guillermo Isaza, y Cartero, al señor Aurelio Bonilla. Jefe de la Sección segunda, al señor Diego Monsalve; Contabilista, al señor José Velásquez García, y Escribiente Portero, al señor Manuel Monsón. Jefe Director de Lazaretos, al doctor Alejandro Herrera Restrepo; y Director General de Higiene, al doctor Pablo García Medina.
Artículo 3° De conformidad con lo estableado por las Leyes 66 de 1916 y 32 de 1918, el Director General de Higiene y el Jefe Director de Lazaretos, por medio de resoluciones que someterán a la aprobación del Gobierno, harán los nombramientos de su dependencia, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley 6° del corriente año, en lo que se refiere al personal y asignaciones de los empleados respectivos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1922.
JORGE HOLGUIN-El Ministro de Agricultura y Comercio, Ignacio MORENO E.
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