Por el cual se reorganiza el personal del Ministerio de Agricultura y Comercio y se hacen unos nombramientos

Rango Decreto
Publicación 1922-03-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
Historial de reformas JSON API

El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando:

decreta:

Artículo 1° El personal subalterno del Ministerio de Agricultura y Comercio será, el indicado en la Ley 6° del año en curso y las Secciones de que se compone serán las expresadas en ella.

Artículo 2° Nómbrase Oficiales Mayores de la Sección primera, dependientes de la Secretaria, a los señores Rafael Campó A. y Francisco de Angulo B.; Escribientes, a los señores Luis Felipe Peñarredonda, Tomás Carrasquilla H. y Luis Gamboa; Portero Escribiente, al señor Guillermo Isaza, y Cartero, al señor Aurelio Bonilla. Jefe de la Sección segunda, al señor Diego Monsalve; Contabilista, al señor José Velásquez García, y Escribiente Portero, al señor Manuel Monsón. Jefe Director de Lazaretos, al doctor Alejandro Herrera Restrepo; y Director General de Higiene, al doctor Pablo García Medina.

Artículo 3° De conformidad con lo estableado por las Leyes 66 de 1916 y 32 de 1918, el Director General de Higiene y el Jefe Director de Lazaretos, por medio de resoluciones que someterán a la aprobación del Gobierno, harán los nombramientos de su dependencia, teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley 6° del corriente año, en lo que se refiere al personal y asignaciones de los empleados respectivos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1922.

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Agricultura y Comercio, Ignacio MORENO E.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.