por el cual se modifican los Decretos 421 de 1944 y 1785 de 1946, y se aumentan unas asignaciones en el personal de la Escuela de Policía "General Santander"

Rango Decreto
Publicación 1949-09-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades extraordinarias que le confiere la Ley 93 de 1948,

DECRETA:

Artículo 1° Los Profesores titulados de la Escuela de Policía "General Santander", serán los siguientes:

1 Jefe de Instrucción Secundaria, con $ 400 mensuales.

1 Profesor de Educación Física, con $ 400 mensuales.

1 Profesor de Tiempo Completo, con $ 400 mensuales.

Artículo 2° Los Profesores Agregados devengarán la suma de cuatro pesos ($ 4.00) por cada hora de clase.

Parágrafo. Los Oficiales de Planta que dicten clases como Profesores Agregados, devengarán únicamente la suma de dos pesos ($ 2.00), por cada hora de clase que no esté comprendida dentro de sus funciones ordinarias de servicio.

Artículo 3° Este Decreto regirá desde el 1° de septiembre próximo.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 29 de agosto de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Gobierno, CoronelRégulo GAITAN-El Ministro Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.

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