por el cual se modifican los Decretos 421 de 1944 y 1785 de 1946, y se aumentan unas asignaciones en el personal de la Escuela de Policía "General Santander"
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades extraordinarias que le confiere la Ley 93 de 1948,
DECRETA:
Artículo 1° Los Profesores titulados de la Escuela de Policía "General Santander", serán los siguientes:
1 Jefe de Instrucción Secundaria, con $ 400 mensuales.
1 Profesor de Educación Física, con $ 400 mensuales.
1 Profesor de Tiempo Completo, con $ 400 mensuales.
Artículo 2° Los Profesores Agregados devengarán la suma de cuatro pesos ($ 4.00) por cada hora de clase.
Parágrafo. Los Oficiales de Planta que dicten clases como Profesores Agregados, devengarán únicamente la suma de dos pesos ($ 2.00), por cada hora de clase que no esté comprendida dentro de sus funciones ordinarias de servicio.
Artículo 3° Este Decreto regirá desde el 1° de septiembre próximo.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 29 de agosto de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno, CoronelRégulo GAITAN-El Ministro Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.
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