por medio del cual se suprime un cargo y se crean unos cargos en el servicio exterior
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, el cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 7 PA, con una asignación básica mensual de mil ochocientos noventa dólares con 00/100 (US$1.890.00), actualmente vacante.
Artículo 2º. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 5 PA; con una asignación básica mensual de mil ciento setenta dólares con 001100 (US$1.170.00).
Artículo 3º. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 2 PA (Local), con una asignación básica mensual de seiscientos treinta dólares con 00/100 (US$630.00).
Artículo 4º. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Emma Mejía Vélez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
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