Por el cual se aprueba el Acuerdo número 31 de fecha septiembre 9 de 1953, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Fomento Municipal, sobre Plan de Obras para 1954
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. De conformidad con el artículo 7° del Decreto extraordinario número 0837 de 1952, apruébase el Plan de Obras e Inversiones, presentado por el Instituto Nacional de Fomento Municipal para el año de 1954, por un valor total de $ 22,750.000.00, autorizado por Acuerdo número 31 de fecha septiembre 9 de 1953, de la Junta Directiva de este Instituto.
Artículo segundo.1 El Instituto Nacional de Fomento Municipal publicará en el Diario Oficial el Plan de Obras e Inversiones aprobado por medio del presente Decreto, que rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 9 de octubre de 1953.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Fomento,
Alfredo Rivera Valderrama.
AQUÍ PDF DIARIO 28361 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG 7 A 15.
Es fiel copia del original.
Instituto Nacional de Fomento Municipal-Secretario General, Jaime Escobar.
Nota:
1). Las partidas de imprevistos y estudios deben considerarse como globales y hacer al fin del año los ajustes de contabilidad para cada Departamento.
2). Se debe proceder inmediatamente a hacer los estudios que fallan para este Plan, sea por contrato o por medio de la Oficina de Proyectos. En este último, caso, se deben tomar, las partidas que se afectan para pagar el personal técnica supernumerario.
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