por el cual se modifica el Decreto 219 de 2004 que reestructura la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP

Rango Decreto
Publicación 2005-08-02
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 219 del 27 de enero de 2004, el Gobierno Nacional ordenó la modificación de la Estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y dicta otras disposiciones;

Que según Acta número 004 del 27 de abril de 2005, el Consejo Directivo de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura de dicha Entidad,

DECRETA:

Artículo 1º. Modifíquese el artículo 8º del Decreto 219 de 2004, el cual quedará así:

"Artículo 8º. Consejo Académico Nacional. El Consejo Académico Nacional es la máxima autoridad académica de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y estará integrado por:

Parágrafo. El Secretario General de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, actuará como Secretario del Consejo Académico Nacional.

Artículo 2º. Adiciónese al artículo 9º del Decreto 219 de 2004, un numeral con la siguiente función:

"Aprobar las temáticas y los currículos de los programas, que en el marco de las normas vigentes, debe desarrollar la Subdirección de Alto Gobierno".

Artículo 3º. Modifíquese el artículo 13 del Decreto 219 de 2004, el cual quedará así:

"Artículo 13. Estructura. La estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, será la siguiente:

5.1 Facultad de Pregrado

5.2 Facultad de Postgrado

5.3 Facultad de Investigaciones

6.1 Departamento de Asesoría y Consultorías

6.2 Departamento de Capacitación

9.1 Dirección Territorial

9.2 Consejo Directivo Territorial

9.3 Consejo Académico Territorial

9.4 Centro Territorial de Administración Pública, CETAP

10.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

10.2 Comisión de Personal.

Artículo 4º. Modifíquese el numeral 1 del artículo 23 del Decreto 219 de 2004, el cual quedará así:
Artículo 5º. Modifíquese el artículo 26 del Decreto 219 de 2004, el cual quedará así:

Artículo 26. Subdirección de Alto Gobierno. Corresponde a la Subdirección de Alto Gobierno cumplir las siguientes funciones:

Artículo 6º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto 219 de 2004.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 1º de agosto de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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