Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1956-11-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Gastos de Administración, Auxilios y otros.

CAPITULO 109

Aportes, Participaciones, Indemnizaciones y Devoluciones.

104. Del artículo 1147. Para devolución de toda clase de rentas que se hayan cobrado demás en el año $ 1.500.000.00
Suman los créditos $ 1,500.000.00

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 345

Pensiones de Jubilación.

101. Al artículo 3461. Para el pago de pensiones de jubilación a Maestros y Profesores inclusive el pago de las que quedaron pendientes de vigencias anteriores a la de 1956, en el año 1.500.000.00 1.500.000.00
Suman los créditos $ 1.500.000.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 31 de octubre de 1956.

General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Gobierno,

José Enrique Valencia.

El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Educación Nacional,

José Manuel Rivas Sacconi.

El Ministra de Justicia,

Luis Carlos Giraldo Marín.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Morales Gómez.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Eduardo Berrio González.

El Ministro del Trabajo,

Carlos Arturo Torres Poveda

El Ministro de Salud Pública,

Carlos Márquez Villegas.

El Ministro de Fomento,

Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Francisco Payana Menéndez.

El Ministro de Comunicaciones, encargado del Ministerio de Guerra,

Mayor General Gustavo Berrio Muñoz

El Ministro de Obras Públicas,

Contraalmirante Rubén Piedrahita Arango

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.