Por el cual se reforma el 31 de enero de 1902, número 160, sobre corte y continuación de la cuenta de la Tesorería general de la Republica
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades constitucionales,
decreta:
Art. 1.° La cuenta de la Tesorería general principiará á llevarse nuevamente desde el 1.° de Febrero en curso, y so1o desde esa fecha en adelante será responsable el Tesorero entrante, quien abrirá su cuenta por Balance de Entrada, según el saldo de Caja en dicho día.
Art. 2.° Queda así reformado el Decreto número 160, de 31 de Enero de 1901,y vigentes las disposiciones que no sean contrarias al presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 10 de Febrero de 1902.
josé manuel MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno, Francisco Mendoza P. -El Subsecretario de Hacienda, encargado del Despacho, José Ramón Lago-El Ministro de Guerra, Aristides Fernández - El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, José Joaquín casas-El Ministro del Tesoro, Agustín Uribe.
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