Por el cual se modifica el artículo 3º del Decreto legislativo número 0197 de 1957, y se deroga una disposición del mismo

Rango Decreto
Publicación 1957-11-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en uso de las facultades de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que es conveniente incluir al Ministro de Salud Pública en la Junta Directiva del Servicio Nacional de Asistencia Social, con el fin de facilitar la supervigilancia del Gobierno en tal institución, y

Que, en consecuencia, es necesario modificar el artículo 3.° del Decreto legislativo número 0197 de 1957 y derogar el parágrafo del artículo 1.° Del mismo estatuto,

DECRETA:

Artículo 1° El artículo 3.° del Decreto legislativo número 0197 de 1957 quedará así:

"Artículo 3.° La Dirección y Administración del Servicio Nacional de Asistencia Social, estarán a cargo de una Junta Directiva y de un Sindico-Gerente.

La Junta Directiva estará formada por cuatro (4) miembros, así:

Nacional, de una lista de cinco (5) nombres presentada por las entidades asistenciales públicas y privadas, según reglamentación del Gobierno.

Los miembros de la Junta tomarán posesión ante el Presidente de la Republica.

La Junta Directiva tendrá un Secretario de un libre nombramiento y remoción.

Parágrafo. Los miembros de la Junta Directiva distintos del Ministro de Salud Pública tendrán un periodo de (2) años y se renovarán cada año, así: al vencimiento del primer año se designará nuevamente al representante del Gobierno Nacional, y al vencimiento de los dos (2) años, se nombrarán los otros dos (2), y así sucesivamente, para garantizar la estabilidad parcial de la Junta. Dichos miembros pueden ser reelegidos indefinidamente".

Artículo 2° Derógase el parágrafo del artículo 1.º del Decreto legislativo número 0197 de 1957.
Artículo 3° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 22 de octubre de 1957.

Mayor General Gabriel Paris G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Contralmirante,Rubén Piedrahita A.-Brigadier General,Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordoñez C.

El Ministro de Gobierno, José María Villareal. El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz deSantamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Bum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público,Antonio Álvarez Restrepo.-El Ministro de Guerra, Brigadier General,Alfonso Saiz Montoya. El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro de trabajo,RaimundoEmiliani Román.-El Ministro de Salud Pública,Juan pablo Llinás.-El Ministro de Fomento,JoaquínVallejo.-El Ministro de Minas y Petróleos,Julio César Turbay Ayala.-El Ministro de Educación Nacional,Próspero Carbonell.-El Ministro de Comunicaciones. Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas,Tulio Ospina Pérez.

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