por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Función Pública

Rango Decreto
Publicación 2007-01-31
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1°. Modifícase el artículo 5° del Decreto 188 de 2004, el cual quedará así:
Artículo 2°.Dirección Jurídica. La Dirección Jurídica, tendrá a cargo las siguientes funciones:
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 188 de 2004, deroga el artículo 7° del mismo y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de enero de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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