Por el cual se modifica el Decreto número 329 de 1946

Rango Decreto
Publicación 1946-09-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 329, de 4 de febrero de 1946, por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de personal, alimentación y gastos varios de la Escuela de Artes y Oficios y de Trabajo Agrícola de Istmina, se destinó la cantidad de $ 1.150.00 mensuales de febrero a noviembre para atender al pago de cincuenta (50) becas a alumnos internos, a razón de $ 23.00 cada una;

Que debido a la incapacidad del edificio que ocupa la Escuela de Artes y Oficios y de Trabajo Agrícola de Istmina para el alojamiento de alumnos, sólo se han adjudicado de las cincuenta (50) becas, treinta y cuatro (34);

Que debido a la carestía de los víveres, la cantidad de veintitrés pesos ($ 23.00) destinada para la alimentación individual es insuficiente; y contando con la suma mensual de trescientos sesenta y ocho pesos ($368.00) que corresponden al valor de las becas no adjudicadas y que puede ser invertida proporcionalmente entre las adjudicadas, para proporcionar una alimentación más suficiente y nutritiva,

DECRETA:

Artículo primero. Modifícase el Decreto número 329, de 4 de febrero de 1946, por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de personal, alimentación y gastos barios de la Escuela de Artes y Oficios y de Trabajo Agrícola de Istmina, en el sentido de reducir de cincuenta (50) a treinta y cuatro (34) las becas de que trata el citado Decreto, a partir del primero de agosto del año en curso.
Artículo segundo. Con base en la economía que representa 1a reducción de que trata el artículo anterior, que es de trescientos sesenta y ocho pesos ($ 368.00) mensuales, modificase igualmente el mismo Decreto número 329 de este año, en el sentido de aumentar de veintitrés pesos ($ 23.00) a veintisiete pesos ($ 27.00) mensuales el valor fijado para alimentación de cada uno de los treinta y cuatro (34) alumnos becados y de los nueve (9) empleados internos de la mencionada Escuela de Istmina, a partir del primero de agosto del año en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de septiembre de 1946.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de Educación Nacional,

Mario CARVAJAL

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