Por el cual se aprueba la reforma de los estatutos del Fondo de Promoción de Exportaciones

Rango Decreto
Publicación 1980-10-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los Decretos 1050 y 3130 de 1968,

decreta:

Artículo primero. Apruébase la Resolución número … de la Junta Directiva del Fondo de Promoción de Exportaciones, cuyo texto es el siguiente:

«RESOLUCION NUMERO… DE 1980

"por la cual se modifican los artículos 21 y 22 de los estatutos del Fondo de Promoción de Exportaciones"

La Junta Directiva del Fondo de Promoción de Exportaciones, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 27 de sus estatutos adoptados por el Decreto 1175 de 1976,

resuelve:

Artículo 1° El artículo 21 de los estatutos del Fondo quedará así:

"Artículo 21. La Junta Directiva del Fondo estará compuesta por los siguientes miembros:

Artículo 2° El artículo 22 de los estatutos quedará así:

"Artículo 22. La Junta Directiva será presidida por el Ministro de Desarrollo Económico y en ausencia de éste, los miembros presentes designarán la persona que debe presidir la reunión".

Artículo 3° Esta Resolución requiere para su validez de la aprobación del Gobierno Nacional.

El Presidente,

(Fdo.) Andrés Restrepo Londoño.

El Secretario,

(Fdo.) Michel van Meerbeke Posada»,

Artículo segundo. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 7 de octubre ríe 1980.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Desarrollo Económico,

Andrés Restrepo Londoño

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