Por el cual se determinan la estructura y funciones de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas

Rango Decreto
Publicación 1988-12-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, y en desarrollo de lo previsto por los artículos 102 y 107 de la Ley 75 de 1986,

DECRETA:

TITULO I. DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS.

CAPITULO I. OBJETIVOS Y FUNCIONES.

Artículo 1º La Dirección General de Aduanas es la unidad operativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargada de la dirección y operación técnica y administrativa de los regímenes aduaneros, organizada con el propósito de contribuir al desarrollo económico y social del país, mediante el cumplimiento de los siguientes objetivos y funciones:

CAPITULO II. ESTRUCTURA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS EN SU NIVEL CENTRAL

Artículo 2º La Dirección General de Aduanas tendrá la siguiente estructura en su nivel central.

COMITÉ DE COORDINACIÓN.

CAPITULO III. DEL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS.

Artículo 3º Son funciones del Director General:
Artículo 4ºSon funciones de la Oficina de Control:

CAPITULO IV. DEL SUBDIRECTOR GENERAL.

Artículo 5ºSon funciones del Subdirector General:
Artículo 6ºSon funciones de la División Central de Documentos y de Secretaria:

CAPITULO V. DE LA SUBDIRECCIÓN OPERATIVA.

Artículo 7ºSon funciones de la Subdirección Operativa:
Artículo 8º En funciones de la División de Valoración:
Artículo 9ºSon funciones de la División de Arancel:
Artículo 10. Son funciones de la División de Laboratorio:

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