Por el cual se hace la distribución de la apropiación presupuestal para gastos de funcionamiento del Museo Nacional en el año 1963

Rango Decreto
Publicación 1963-03-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 9° del Decreto número 3505 de diciembre 29 de 1962,

DECRETA:

Artículo único. La partida apropiada para gastos de funcionamiento del Museo Nacional en el Capítulo 1218, artículo 12428 del Presupuesto Nacional de la actual vigencia, se distribuye así:
CAPITULO 1218
Financiamiento a cargo de Ministerio.
Programa III
Financiamiento de establecimientos dependientes.
Artículo 12428. Museo Nacional.
Servicios personales.
Total
a) Sueldos personal de nómina, enero, a diciembre, $ 12.700.00 mensual $ 152.400.00
b) Prima de Navidad, Ley 54 de 1960 10.860.00
c) Indemnización por vacaciones 2.050.00
Gastos generales.
d) Adquisiciones de carácter histórico, y artístico $ 15.000.00
e) Compra de equipo 8.000.00
f) Servicios públicos $ 5.000.00
g) Materiales y suministros 15.000.00
h) Mantenimiento y conservación del edificio, salones, nuevas instalaciones, etc. 10.000.00
i) Restauración de obras de arte y conservación de las colecciones 10.000.00
j) Impresos y publicaciones (invitaciones, catálogos carteles, encuadernación, etc.) 10.000.00
k) Gastos varios e imprevistos 11.690.00
Total $ 250.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D.E., a 12 de febrero de 1963.

GUILLERMO LEON VALENCIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Sanz Santamaría.-El Ministro de Educación Nacional, Pedro Gómez Valderrama.

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