Por el cual se suprime un puesto, se crea otro y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1948-08-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HIGIENE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

de acuerdo con las atribuciones que le confieren los artículos 3° y 7° de la Ley 1ª de 1931 y el Decreto número 2109 de 1947,

DECRETA:

Artículo primero. A partir del 16 de julio del corriente año, suprímese el cargo de Médico Visitador de la División de Venéreas y Pian.
Artículo segundo. A partir de la misma fecha, créase el puesto de Asesor Técnico de la División de Venéreas y Pian, con una asignación mensual de $ 630.
Artículo tercero. Asígnansele las funciones de Negocios Generales al Jefe de la Sección de Personal Correspondencia, y fíjasele la asignación mensual de $ 500, desde el 16 de julio de 1948.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 29 de julio de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Higiene,

Jorge Bejarano.

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