Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1977-12-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número 12 del 17 de noviembre de 1977 del comité Nacional de cafeteros, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 12 DE 1977

(noviembre 17 )

El Comité Nacional de Cafeteros

considerando:

acuerda:

Artículo primero. Autorizar a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros para que con recursos del Fondo Nacional del Café y dentro de los Programas de Desarrollo y Diversificación de Zonas Cafeteras, suscriba y pague hasta la suma de $ 500.000 en acciones de la Empresa de Harina de Yuca. del Quindío S.A.- "Quinyucar".
Artículo segundo. Someter el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Dado en Bogotá, D.E., a los diecisiete (17) días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y siete (1977).

El Presidente,

Rafael Parga C.

El Secretario,

José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 23 de noviembre de 1977.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Palacios Rudas

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.