Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1981-10-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 11 de agosto 27 de 1981, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDO NUMERO 11 DE 1981

(agosto 27)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café y para éste, adquiera por compra las oficinas que actualmente ocupa en el 4° piso del número 30 de la Avenida Marnix de la ciudad de Bruselas, Bélgica.

Artículo segundo. Esta operación tendrá un valor de FB. 9.850.000, que se pagará mediante un contado inicial del 15% y el saldo en el término de 5 años, con intereses hasta del 15.50% anual y respaldado con garantía hipotecaria sobre el inmueble adquirido.

Artículo tercero. Facultar a la Gerencia de la Federación para hacer gastos notariales, de registro de la garantía y otros hasta por la suma de FB. 2.731.000.

Artículo cuarto. Someter el presente Acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los veintisiete (27) días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y uno (1981).

El Presidente,

(Fdo.) Sergio Bravo Pantoja.

El Secretario,

(Fdo) José Fernando Jaramillo H.».

Artículo 2º. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 23 septiembre de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesner Durán.

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