por el cual se establece la Estructura del Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear, Ingeominas

Rango Decreto
Publicación 1999-12-29
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial de la consagrada en el artículo 189, numeral 16 de la Constitución Política, desarrollado por el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I. De la estructura

Artículo 1º. La estructura del Ingeominas estará constituida por los órganos de dirección y administración, la estructura funcional y la estructura de programas y proyectos.
Artículo 2º. Organos de administración y dirección. El Consejo Directivo y el Director General del Instituto de Investigación e información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear, Ingeominas, cumplirán las funciones señaladas en el Decreto 1129 del 29 de junio de 1999, en los Estatutos y en las disposiciones legales vigentes.
Artículo 3º. Estructura funcional. La estructura funcional del Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear, Ingeominas, será la siguiente:

10.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.

10.2 Comisión de Personal.

CAPITULO II. De las funciones

Artículo 4º. Secretaría General y Jurídica. Son funciones de la Secretaría General y Jurídica, las siguientes:
Artículo 5º. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:
Artículo 6º. Subdirección de Planeación del Negocio Geocientífico. Son funciones de la Subdirección de Planeación del Negocio Geocientífico, las siguientes:
Artículo 7º. Subdirección de reconocimientos geocientíficos. Son funciones de la Subdirección de Reconocimientos Geocientíficos, las siguientes:
Artículo 8º. Subdirección de Recursos del Subsuelo. Las funciones de la Subdirección de Recursos del Subsuelo, son las siguientes:
Artículo 9º. Subdirección de Amenazas Geoambientales. Son funciones de la Subdirección de Amenazas Geoambientales, las siguientes:
Artículo 10. Subdirección de Información Geocientífica. Son funciones de la Subdirección de Información Geocientífica, las siguientes:
Artículo 11. Subdirección de Ensayos y Servicios Tecnológicos. Son funciones de la Subdirección de Ensayos y Servicios Tecnológicos, las siguientes:
Artículo 12. Subdirección de Administración de Recursos. Son funcionesde la Subdirección de Administración de Recursos, las siguientes:

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