Por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1975-01-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política de Colombia, y de acuerdo con los Decretos-leyes números 1912 de 1973, .2658 de 1973 y 597 de 1974,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense los siguientes cargos contemplados en el artículo primero del Decreto 2458 de 1973.

División Procesamiento Automático de Datos

No de Cargos Denominación del empleo Clase Grado sueldo básico
1 Jefe de División V 29 $10.500
1 Secretario IV 15 4.180
1 Mecanotaquígrafo II 10 2.360
1 Auxiliar de Servicios Generales IV 7 1.770
Grupo de Equipo Electrónico
3 Jefe de Grupo V 21 6.500
2 Técnico en Telecomunicaciones II 18 5.000
2 Programador de Equipo de Sistematización II 17 4.590
1 Secretario I 10 2.360
Grupo de Equipo Periférico
12 Perforador de Tarjetas II 8 1.950
2 Auxiliar de Servicios Generales IV 7 1.770
Sección de Auditoría y Control de Producción
1 Jefe de Sección III 24 8.000
Grupo de Critica Corrección y Codificación
4 Revisor de Documentos III 12 2.850
8 Revisor de Documentos II 10 2.360
2 Auxiliar de Sevicios Generales IV 7 1.770
Grupo de Contabilidad y Auditoría
1 Revisor de Documentos III 12 2.850
Grupo de Servicios Especiales
1 Jefe de Grupo II 15 3.800
1 Auxiliar de Servicios Generales V 9 2.140
1 Mecanógrafo II 8 1.950
1 Auxiliar de Servicios Genérales. III 5 1.460
Sección de Análisis y Progamación
3 Ingeniero IV 25 8.500
3 Programador de Equipo de Sistemas IV 21 6.500
3 Programador de Equipo de Sistemas III 19 5.500
Sección de Procesamientos Regionales
1 Jefe de Sección VI 24 8.000
1 Clasificador III 25 3.800
Grupo de Medellín
1 Jefe de Grupo V 21 6.500
1 Jefe de Grupo IV 19 5.500
6 Revisor de Documentos IV 14 3.450
5 Verificador de Tarjetas II 11 2.590
5 Perforador de Tarjetas II 8 1.950
Grupo de Cali
1 Jefe de Grupo V 24 6.500
1 Jefe de Gupo IV 19 5.500
6 Revisor de Documentos IV 14 3.450
5 Verificador de Tarjetas II 11 2.950
5 Perforador de Tarjetas II 8 1.950
Grupo de Barranquilla
1 Jefe de Grupo V 21 6.500
1 Jefe de Grupo IV 19 5.500
1 Operador de Equipo de Sistematización III 14 3.450
2 Verificador de Tarjetas II 11 2.590
3 Perforador de Tarjetas III 8 1.950
3 Revisor de Documentos IV 14 3.450
Grupo de Bucaramanga
1 Jefe de Grupo V 21 6.500
1 Jefe de Grupo IV 19 5.500
1 Operador de Equipo de Sistematización III 14 3.450
3 Revisor de Documentos IV 14 3.450
2 Verificador de Tarjetas II 11 2.590
3 Perforador de Tarjetas II 8 1.950
Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
No de Cargos Denominación del empleo Clase Grado sueldo básico
1 Jefe de División VIII 35 13.500
1 Ingeniero IV 25 8.500
1 Analista de Sistemas III 23 7.500
1 Asistente Administrativo II 19 5.500
1 Secretario II 14 3.450
1 Revisor de Documentos II 10 2.360
1 Recepcionista II 8 1.950
Grupo de Equipo Electrónico
1 Jefe de Grupo de Personal Técnico I 25 8.500
3 Jefe de Grupo IV 19 5.500
8 Técnico en Equipo Electrónico IV 17 4.590
6 Operador de Equipo de Sistematización II 12 2.850
1 Secretario II 12 2.850
2 Auxiliar de Servicios Generales IV 7 1.770
Grupo de Equipo Periférico
1 Clasificador III 15 3.800
2 Revisor de Documentos II 10 2.360
Sección de Auditoría y Control de Producción
1 Jefe de Sección de Personal Técnico III 31 11.500
1 Clasificador III 15 3.800
1 Revisor de Documentos IV 14 3.450
Grupo de Servicios Especiales
1 Jefe de Grupo III 17 4.590
3 Auxiliar de Servicios General IV 7 1.770
1 Secretario III 10 2.360
Sección de Análisis y Programación
1 Jefe de Sección de Personal Técnico III 31 11 .500
2 Jefe de Grupo de Personal Técnico III 29 10 .500
2 Jefe de Grupo de Personal Técnico II 27 9 .500
3 Analista de Sistemas II 21 6 .500
4 Analista de Sistemas I 19 5 .500
1 Secretario III 14 3 .450
Sección de Procesamiento Regional
1 Jefe de Sección de Personal Técnico II 29 10.500
1 Jefe de Grupo IV 19 5.500
Grupo de Medellín
1 Jefe de Grupo de Personal Técnico I 25 8.500
1 Asistente Administrativo III 21 6.500
Grupo de Cali
1 Jefe de Grupo de Personal Técnico I 25 8.500
1 Asistente Administrativo III 21 6.500
Grupo de Barranquilla
1 Jefe de Grupo de Personal Técnico I 25 8.500
1 Asistente Administrativo III 21 6.500
1 Clasificador IV 17 4.590
2 Clasificador III 15 3.800
3 Revisor de Documentos III 12 2.850
3 Operador de Equipo de Sistematización II 12 2.850
Grupo de Bucaramanga
1 Jefe de Grupo de Personal Técnico I 25 8.500
1 Asistente Administrativo III 21 6.500
1 Clasificador IV 17 4.590
2 Clasificador III 15 3.800
3 Revisor de Documentos III 12 2.850
3 Operador de Equipo de Sistematización II 12 2.850
Artículo 3° El presenté Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 9 de diciembre de 1974.

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN

Rodrigo Botero Montoya.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Jaime Lopera Gutiérrez.

Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

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