por el cual se establece la planta de personal del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química "Ingeominas" y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1999-12-29
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear, Ingeominas, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal, el cual tuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante oficio número 012831 del 21 de diciembre de 1999;

Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal mediante oficio número SIDE-DME 10571 del 16 de diciembre de 1999,

DECRETA:

Artículo 1°. Las funciones propias del Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear-Ingeominas, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, así:

I DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

Número de Cargos Denominacion del Cargo Código Grado
1 (uno) Director General de Entidad Descentralizada 15 21
3 (tres) Asesor 1020 7
2 (dos) Secretario Ejecutivo 5040 22
2 (dos) Técnico Operativo 4080 14
1 (uno) Operario Calificado 5300 12
II PLANTA GLOBAL II PLANTA GLOBAL II PLANTA GLOBAL II PLANTA GLOBAL
Número de Cargos Denominacion del Cargo Código Grado
7 (siete) Subdirector General de Entidad Descentralizada 40 16
1 (uno) Secretario General de Entidad Descentralizada 37 16
1 (uno) Jefe de Oficina 137 12
6 (seis) Asesor 1020 6
10 (Diez) Jefe de Programa 2084 23
10 (Diez) Jefe de Programa 2084 21
8 (ocho) Director de Centro 2105 18
200 (doscientos) Técnico Científico (Régimen especial Decretos 1321 de 1978, 319 de 1981 y 489 de 1993)
9 (nueve) Profesional Especializado 3010 18
10 (diez) Profesional Universitario 3020 14
12 (doce) Profesional Universitario 3020 10
12 (doce) Profesional Universitario 3020 6
28 (veintiocho) Técnico Operativo 4080 14
30 (treinta) Técnico Operativo 4080 11
45(cuarenta y cinco) Técnico Operativo 4080 9
2 (dos) Secretario Ejecutivo 5040 22
10 (diez) Secretario Ejecutivo 5040 20
24 (veinticuatro) Secretario Ejecutivo 5040 16
31 (treinta y uno) Operario Calificado 5300 12
35 (treinta y cinco) Operario Calificado 5300 9
Artículo 2º. El Director General mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas, los proyectos y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el presente decreto, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4º. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 5º. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 de 1998.
Artículo 6º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los decretos 1531 de 1993, 1600 de 1999 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 1999.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Camilo Restrepo Salazar.

El Ministro de Minas y Energía,

Luis Carlos Valenzuela Delgado.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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