Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos de empleados y pensiones alimenticias de alumnos y gastos varios de la Escuela Normal Superior

Rango Decreto
Publicación 1941-02-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos de empleados y pensiones alimenticias de alumnos y gastos varios de la Escuela Normal Superior, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto vigente:

Para sueldos en doce (12) meses, de enero a diciembre, así:

Mensual. Total.
Rector, a $ 270.00 3.240.00
Secretario-Habilitado 152.00 1.824.00
Tres (3) Directores de Sección, a $ 225 cada uno 675.00 8.100.00
Profesor Permanente de Ciencias Naturales 152.00 1.824.00
Profesor Permanente de Idiomas 130.00 1.560.00
Profesor de Higiene 100.00 1.200.00
Bibliotecario 120.00 1.440.00
Bibliotecario Auxiliar 60.00 720.00
Mecanógrafa 60.00 720.00
Practicante de Clínica-médica 25.00 300.00
Tres (3) Directores dé Grupo del Instituto Nicolás Esguerra, a $ 150 cada uno 450.00 5.400.00
Portero 55.00 660.00
Portero Auxiliar 30.00 360.00
Tres (3) Sirvientes, a $ 25 cada uno 75.00 900.00
Sumas $ 2.345.00 28.248.00
Para sueldos en once (11) meses, de febrero a diciembre, así: De un Director de Grupo del Instituto Nicolás Esguerra $ 150.00 1.1650.00
Para sueldos en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así:
Secretario Auxiliar 50.00 500.00
Para sueldos en nueve (9) meses, de febrero a octubre así:
De 32 cátedras, de cuatro horas semanales, a $ 50 cada una 1.600.00 14.400.00
Para sueldos en enero, así:
De 30 cátedras, de cuatro horas semanales, a $ 50 cada una 1.500.00
Total $ 46.298.00
b) Capítulo 62, artículo 789. Para pensiones alimenticias en diez (10) meses, de febrero a noviembre, así: Mensual. Total.
De 150 alumnos, a $ 40 cada uno $ 6.000.00 60.000.00
Para servicios varios:
Para arrendamiento de una casa con destino al funcionamiento de la Escuela
Anexa, servicios de energía, agua, teléfono, aseo, material de enseñanza, útiles
de escritorio, excursiones, deportes y demás gastos de esta Normal 17.600.00
Total $ 77.600.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de febrero de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

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