Por el cual se adiciona la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación

Rango Decreto
Publicación 1969-04-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades, que le confirió la Ley 16 de 1968 y oído el concepto de la Comisión Asesora del Gobierno creada en el artículo 21 de la misma Ley,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación con los siguientes cargos:

10 Funcionarios de instrucción criminal.

10 Secretarios Judiciales II.

Parágrafo. Las funciones y remuneraciones de los cargos que se crean por el presente artículo serán las establecidas en el Decreto 1698 de 1964.

Artículo 2°. Los funcionarios de instrucción criminar podrán instruir en toda la República y perfeccionar los procesos penales en la forma establecida en la ley cuando fueren comisionados por el Procurador General de la Nación.
Artículo 3°. El Gobierno queda facultado para abrirlos créditos y efectuar los traslados presupuestales que fueren necesarios para el cumplimiento del presente Decreto.
Artículo 4°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá. D. E., a 25 de febrero de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Justicia, Fernando Hinestrosa. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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