por el cual se crea la Secretaría de Apoyo a la Gestión Municipal en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Créase en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el cargo de Secretario de Apoyo a la Gestión Municipal.
Artículo 2º.El Secretario de Apoyo a la Gestión Municipal, que corresponde al cargo de Secretario Presidencia Código 140 Grado 41 de que trata el Decreto 1941 de 1994, cumplirá las siguientes funciones:
- a) Preparar estudios, análisis y documentos de apoyo sobre las materias referentes a la descentralización municipal, en coordinación con el Consejero para el Desarrollo Institucional;
- b) Realizar el seguimiento de las iniciativas presidenciales en materia de descentralización municipal;
- c) Elaborar programas tendientes a fortalecer la capacidad de gestión de los municipios;
- d) Preparar las propuestas que considere adecuadas para lograr la coordinación interinstitucional entre la Nación y los municipios;
- e) Proponer medidas tendientes a consolidar el proceso de descentralización de los municipios;
- f) Las demás que le asigne el Presidente de la República.
Artículo 3o.El Secretario de Apoyo a la Gestión Municipal cumplirá sus funciones bajo la supervisión del Vicepresidente de la República.
Artículo 4o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquesey cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 7 de febrero de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Manuel Turbay Marulanda.
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