Por el cual se fomenta la educación campesina y se apoya una obra social y cultural de la Iglesia Católica

Rango Decreto
Publicación 1953-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo 1° Destínase la suma de dos millones de pesos para auxiliar a las Escuelas Radiofónicas de la Emisora Cultural de Sutatenza, que dirige la entidad Acción Cultural Popular.
Artículo 2° La suma mencionada en el artículo anterior se apropiará y pagará así: trescientos mil pesos serán incluidos en el Presupuesto del presente año, y un millón setecientos mil pesos en el Presupuesto de mil novecientos cincuenta y cuatro.
Articulo 3° Queda autorizado el Gobierno para efectuar todas las operaciones de crédito y presupuestaos que demande el cumplimiento de este Decreto.
Artículo 4° Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de octubre de 1953.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Antonio Escobar Camargo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Agricultura y Ganaderia, encargado del Ministerio de Guerra,

Brigadier General Arturo Chary.

El Ministro del Trabajo,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Alfredo Rivera Valderrama.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Nel Rueda Uribe.

El Ministro de Educación Nacional,

Manuel Mosquera Garcés.

El Ministro de Comunicaciones,

Coronel Manuel Agudelo.

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez.

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