Por el cual se suprimen unos empleos del sector central del Ministerio de Educación Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del Artículo 120 de la Constitución Política de Colombia,
decreta:
Artículo 1º Suprímense de la planta de personal del sector central del Ministerio de Educación Nacional creada por el Decreto 2668 de 1973, los siguientes empleos:
Oficina de Relaciones Públicas e Información Educativa.
| Número de cargos | Denominación del Empleo | Clase | Grado | Sueldo Básico |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Jefe de Oficina | I | 21 | $6.500 |
| 1 | Redactor | II | 15 | 3.800 |
| 1 | Reportero gráfico | 18 | 5.000 | |
| 1 | Relacionista | II | 19 | 5.500 |
| 1 | Secretario | I | 10 | 2.360 |
Artículo 2º La supresión de empleos de este Decreto se regirá en cuanto a sus efectos e implicaciones por los Artículos 243, 244, 245 y 246 del Decreto 1950 de 1973.
Artículo 3º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de diciembre de 1974.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya
El Ministro de Educación Nacional,
Hernando Duran Dussán
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Jaime Lopera Gutiérrez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.