Por el cual se aprueba el Acuerdo No. 003 del 17 de diciembre de 1993 del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO. Apruébase el Acuerdo No.003 del 17 de diciembre de 1993, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO No. 003
(diciembre 17 de 1993)
Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC.
El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere los Decretos Nos. 2160 de 1992 y 1242 de 1993,
ACUERDA:
ARTICULO 1o. Suprimir de la planta de personal establecida mediante el Acuerdo No. 002 de 1993, aprobado mediante el Decreto No. 1130 de 1993 los siguientes cargos:
| No. de cargos | Dependencia y denominación del Empleo | Código-Grado | |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL DIRECTOR | DESPACHO DEL DIRECTOR | DESPACHO DEL DIRECTOR | DESPACHO DEL DIRECTOR |
| 1 (uno) | Director General del establecimiento público | 0015 | 17 |
| 1 (uno) | Asesor | 1020 | 04 |
| PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL |
| 7 (siete) | Jefe de División | 2040 | 16 |
| 39 (treinta y nueve) | Profesional Universitario | 3020 | 08 |
| 7 (siete) | Profesional Universitario | 3020 | 06 |
| 20 (veinte) | Profesional Universitario | 3020 | 05 |
| 239 doscientos treinta y nueve) | Profesional Universitario (1/2T) | 3020 | 04 |
| 41 (cuarenta y uno) | Dactiloscopista | 4125 | 06 |
| 34 (treinta y cuatro) | Pagador | 5045 | 13 |
| 4 (cuatro) | Almacenista | 5080 | 13 |
| 93 (noventa y tres) | Enfermero Auxiliar | 6045 | 08 |
ARTICULO 2o. Crear en la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, los siguientes cargos:
| No. de cargos | Dependencia y denominación del Empleo | Código-Grado | |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL DIRECTOR | DESPACHO DEL DIRECTOR | DESPACHO DEL DIRECTOR | DESPACHO DEL DIRECTOR |
| 1 (uno) | Director General del establecimiento público | 0015 | 18 |
| 1 (uno) | Asesor | 1020 | 06 |
| PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL |
| 7 (siete) | Jefe de División | 2040 | 19 |
| 39 (treinta y nueve) | Profesional Especializado | 3010 | 10 |
| 27 (veintisiete) | Profesional Universitario | 3020 | 08 |
| 59 (cincuenta y nueve) | Profesional universitario (1/2T) | 3020 | 08 |
| 180 (ciento ochenta) | Profesional Universitario (1/2T) | 3020 | 06 |
| 20 (veinte) | Profesional Universitario | 3020 | 05 |
| 20 (veinte) | Médico u odontólogo (1/2T) | 3085 | 14 |
| 41 (cuarenta y uno) | Dactiloscopista | 4125 | 07 |
| 34 (treinta y cuatro) | Pagador | 5045 | 17 |
| 4 (cuatro) | Almacenista | 5080 | 15 |
| 115 (ciento quince) | Enfermero Auxiliar | 6045 | 09 |
ARTICULO 3o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y modifica en su parte pertinente al Acuerdo No. 002 de 1993.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, a los 17 días del mes de diciembre de 1993.
(Fdo.) Andrés González Díaz, Presidente; Fernando Márquez Díaz (Secretario Ad hoc)".
ARTICULO SEGUNDO. Aclarar el artículo 1° del Decreto No. 1130 de 1993, en el sentido de excluir los siguientes cargos de la planta de personal global de la Dirección de la Imprenta Nacional del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, por encontrarse duplicado su registro con respecto a lo aprobado en el Acuerdo No. 002 de 1993.
| No. de cargos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL | PLANTA DE PERSONAL GLOBAL |
| DIRECCION DE IMPRENTA NACIONAL | DIRECCION DE IMPRENTA NACIONAL | DIRECCION DE IMPRENTA NACIONAL | DIRECCION DE IMPRENTA NACIONAL |
| 6 (seis) | Técnico operativo | 4080 | 10 |
| 1 (uno) | Técnico Administrativo | 4065 | 09 |
| 5 (cinco) | Técnico Administrativo | 4065 | 07 |
ARTICULO TERCERO. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Cartagena de Indias a los 29 de diciembre de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Andrés González Díaz.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
El Subdirector General del Departamento Administrativo de la Función Pública, Encargado de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Jorge Eliécer Sabas Bedoya.
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