Por el cual se crea la Cámara de Comercio de Pasto

Rango Decreto
Publicación 1918-02-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que la Comisión asesora del Ministerio de Relaciones Exteriores, en dictamen acogido por el mismo Ministerio, considera conveniente la creación de una Cámara de Comercio en la ciudad de Pasto, para efecto de fomentar el desarrollo de aquella sección del país y para colaborar en el estudio y esclarecimiento de la conveniencia o inconveniencia de conservar el Tratado de comercio en el Ecuador,

decreta:

Artículo 1.º Exceptuase la ciudad de Pasto de lo dispuesto en el Decreto número 1714 de 1917 (octubre 6), y créase en la misma población una Cámara de Comercio.
Artículo 2.º Para la elección de los miembros que deben formar dicha Cámara, funcionamiento de la misma y renovación del personal de ella, se tendrán en cuenta las disposiciones contenidas en los Decretos números 1807 y 1902 de 1915, 211 de 1916 y 1504 de 1917.

Queda en estos términos modificado el Decreto número 1714 de 1917.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de febrero de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Agricultura y Comercio, Luis MONTOYA S.

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