por el cual se crean unos cargos. (Ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1º Créanse los cargos de Cajero Pagador y de Almacenista General, con la asignación mensual cada uno de trescientos treinta y seis pesos ($ 336), en los trabajos de construcción de la carretera La Mata-Rinconhondo.
Parágrafo. El valor de las asignaciones de los empleos crea dos por el presente Decreto, se imputarán a los fondos apropiados para la construcción de la citada carretera.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 9 de febrero de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL- El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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