por el cual se concede una comisión y se declara vacante un cargo en la Planta Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 20 del artículo 120 de la Constitución Política y en desarrollo de los Decretos 2016 de 1968, 1950 de 1973, 1745 de 1983 y 2969 de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que como resultado de la Cuarta Reunión del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración -ALADI-, de la que Colombia forma parte, se adoptó la Resolución número 18 (IV) del 14 de noviembre de 1989 por medio de la cual se designó al doctor Jorge Luis Ordóñez Gómez como Secretario General de la referida Asociación, por el período comprendido entre el 20 de marzo de 1990 y el 20 de marzo de 1993;
Que el doctor Ordóñez Gómez, acogiéndose a lo establecido en las normas que rigen la Carrera Diplomática y Consular de la República en la que es funcionario inscrito y escalafonado en la categoría de Primer Secretario, solicitó que se le destinara en comisión para desempeñar el citado cargo por el término de dos (2) años, a partir del 20 de marzo de 1990, lo cual es procedente de conformidad con lo previsto en los artículos 30 del Decreto 1745 de 1983 y 1° del Decreto 2969 de 1989;
Que atendiendo a lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 23 del Decreto 1950 de 1973, es viable declarar la vacancia del cargo que el doctor Ordóñez Gómez ocupa actualmente en la Planta Interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir de la fecha en que hará uso de la comisión por él solicitada,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 20 de marzo de 1990 y por el término máximo de dos (2) años, concédese Comisión al doctor Jorge Luis Ordóñez, para que durante ese lapso se desempeñe cómo Secretario General de la Asociación Latinoamericana de Integración -ALADI-.
Artículo 2° A partir del 20 de marzo de 1990, declárase vacante el cargo de Subsecretario de Relaciones Exteriores. Código 0044. Grado 03 de la Subsecretaría de Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de enero de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
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